El 16 de julio del año 2000 se crearon diversos programas específicos dirigidos a diversos núcleos de la población, entre ellos, el programa de Atención de defensores civiles, la instauración del mismo, persigue la finalidad de atender y proteger específicamente a todas las personas que realizan la actividad de la divulgación y defensa de los derechos humanos universalmente reconocidos.
La actividad de defensor o defensora de derechos humanos implica gran trascendencia y sus acciones en el país y el mundo en general, han venido a contribuir a la transformación de la propia sociedad, en todos sus matices posibles y los beneficios de esta loable como riesgosa tarea se traducen en programas, leyes, acciones, recomendaciones y otros más, y benefician colectivamente o individualmente y trasciende a los derechos sociales, políticos, económicos culturales.
Por lo anterior, ésta Comisión conocedora de los riesgos que implica realizar una tarea similar a la éste Organismo, considera prioritario contemplar una estrategia de atención, seguimiento, protección para prevenir la violación a los derechos humanos de todas las personas que realizan la defensa y divulgación de los derechos humanos en la entidad, a fin de que no impere la impunidad y se garanticen los derechos humanos todas y todos, por lo que se plantean los siguientes objetivos:
Brindar a todas las personas que ejercen las acciones de defensa, divulgación, protección, información y mecanismos de participación y protección teórica, jurídica, institucional local, nacional e internacionales y demás necesarias a fin de salvaguardar la integridad, vida y libertades de las y los defensores de derechos humanos.
Instaurar rutas de atención interinstitucional a fin de atender las diversas problemáticas que se deriven del ejercicio de la defensa, protección y divulgación de los derechos humanos en la entidad.
Atender y dar seguimiento hasta su total conclusión de todas las problemáticas que implica la labor y desempeño de la divulgación, defensa y protección de los derechos humanos.
Divulgar los derechos humanos de las personas que se dedican al ejercicio de la divulgación, defensa y protección de los derechos humanos a fin de fomentar la cultura de respeto, tolerancia entre otros y valorar las valiosas aportaciones que hacen a la sociedad esta actividad y que trasciende al bienestar general colectivo y a un estado democrático.
Diseñar e instaurar un protocolo de atención institucional el cual contemple la asistencia jurídica, social, psicológica y medida de seguridad para las personas que se dedican al ejercicio de la divulgación, defensa y protección de los derechos humanos en la entidad.
Proteger y promocionar el libre ejercicio de la divulgación, defensa y protección de los derechos humanos en la entidad.
Retomar buenas prácticas de los países que tienen antecedentes previos de la salvaguarda de las personas que realizan la divulgación, defensa y protección de los derechos humanos en la entidad.
Derechos y Atribuciones de la Comisión Estatal
Derechos Humanos de las ONG´S
Género y Procuración de Justicia
Trata de personas
Leyes federales relativas a las Ong´s
Tratados internacionales de los derechos humanos de las Ong´s, entre otros.
Entrega de materiales de difusión (dípticos, trípticos, póster, entre otros.
Solicitar a través de oficio o correo electrónico: Lugar, Fecha, Horario, Cantidad de personas y Firma del responsable que hace la solicitud.
Para cualquier orientación, queja o gestión, podrá acudir al área de asesoría, orientación y quejas de la Comisión, servicios disponibles al público las 24 horas todos los días.
Atención al público:
Horario: 9:00 a 16:00 horas
Días: Lunes a viernes
Tel. 01 747 49 4 20 18
Oficinas: Calle Juárez, Esquina con Galo Soberón y Parra de la Col. Centro, Chilpancingo de los Bravo, Guerrero. Edif. Morelos, Primer Planta.